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Problematica

 PROBLEMÁTICA DE LA CONTAMINACIÓN DEL AGUA

La contaminación del agua puede provocar problemas de salud humana, envenenamiento de la fauna y daños en el ecosistema a largo plazo.

 AUTORIDADES IMPLICADAS 

En México, la dependencia oficial encargada de monitorear la calidad del agua superficial (ríos, arroyos, lagos, lagunas, presas, y zonas costeras) y subterránea (pozos) es la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), y lo hace a través de la Red Nacional de Monitoreo.

PROPUESTAS A LA PROBLEMÁTICA DE LA SOLUCIÓN DEL AGUA

  • Uso de nutrientes y plaguicidas naturales.
  •  Mejor tratamiento de las aguas residuales. 
  • Acabar con la de forestación. 
  • Agricultura e industrias más sostenibles. 
  • Implementación de transporte sostenible. 
  • Reducción del uso de aceites y baterías. 
  • Menos consumo de plásticos.
¿COMO SE REGULAN JURÍDICAMENTE?

El fundamento de las leyes sobre protección y manejo de los recursos hidráulicos se encuentra en el Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en adelante, Constitución Mexicana), el cual reserva derechos inalienables de dominio sobre todas las aguas nacionales a la Nación. Con el fin de aprovechar los recursos hidráulicos, el ejecutivo federal a través de la Comisión Nacional del Agua (CNA) podrá otorgar concesiones de uso del agua a los particulares. El marco jurídico vigente que rige el control de la contaminación del agua se encuentra en dos leyes: la primera es la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (en lo sucesivo, LGEEPA) que establece los criterios generales para la prevención y control de la contaminación de aguas; la segunda es la Ley de Aguas Nacionales que proporciona un régimen jurídico integral que da sustento a las disposiciones más generales de la LGEEPA. La Ley de Aguas Nacionales se complementa, el Reglamento de la Ley de Agua Nacionales (en lo sucesivo, Reglamento de Aguas y por las Normas Oficiales Mexicanas (NOM). 

COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA (CNA)

La administración sobre leyes del agua se ejerce concurrente mente tanto a nivel federal como estatal. La Ley de Aguas Nacionales ha creado una dependencia federal independiente con jurisdicción sobre aspectos hidráulicos llamada Comisión Nacional del Agua (CNA). La mayoría de las facultades de planeación, otorgamiento de permisos, administración y aplicación de disposiciones sobre el agua son competencia de la CNA. Un consejo técnico da asesoría a la CNA en materia de política, fiscal, administrativa y científica. Asimismo, órganos coordinadores federales, estatales y municipales, llamados Consejos de Cuencas e integrados por representantes públicos, asesoran a la CNA en términos de políticas hidráulicas. El Programa Nacional Hidráulico contiene la política nacional que la CNA seguirá para el manejo del recurso hídrico. El programa Nacional Hidráulico 2001-2006 al igual el Plan Nacional de Desarrollo y el Plan Nacional de Medio Ambiente establece objetivos hasta el año 2025. El PNH establece como estrategias nacionales:

  • Mayor apoyo a los usuarios para incrementar la eficiencia y productividad de las zonas de riesgo.
  • Implantación de mecanismos para inducir el cambio tecnológico en los sistemas de riego.
  • Incorporación al riego de nuevas superficies, así como el apoyo a la tecnificación de las áreas de temporal.
  • Propiciar la ampliación de la cobertura y calidad de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento.
  • Lograr el manejo integrado y sustentable del agua en cuencas y acuíferos.
  • Promover el desarrollo técnico, administrativo y financiero del sector hidráulico.
  • Consolidar la participación de los usuarios y la sociedad organizada en el manejo del agua y la promoción de la cultura de su buen uso.
  • Buscar disminuir los riesgos y atender los efectos de inundaciones y sequías.

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